CÓRDOBA (NAP). El Gobierno de Argentina homologó las declaraciones de emergencia y desastre agropecuario de las provincias de Córdoba, Chaco y Formosa, a través de las resoluciones 309, 310 y 311/2019 de la Secretaría de Agtroindustria, publicadas este miércoles en el Boletín Oficial.

En Córdoba, son 200 mil hectáreas ubicadas en polígonos específicos de 14 cuencas hidrográficas: sistema arroyo El Gato y arroyo Santa Catalina; sistema La Picasa; Laguna Jume; sistema Río Tercero; arroyo Chazón; sistema Río Saladillo; sistema arroyo El Chato; cuenca Río Primero; cuenca Río Carnero y Salsipuedes; sistema arroyo Tortugas; sistema Río Carcarañá; cuenca Río Segundo; sistema Laguna del 7; y diversas áreas sin drenaje superficial.

La emergencia se fijó a partir del 1° de mayo último y hasta el 31 de diciembre próximo, y abarca a explotaciones agropecuarias agrícolas, ganaderas, tamberas, apícolas y frutihortícolas, afectadas por el fenómeno de anegamiento por lluvias extraordinarias durante el ciclo productivo 2018/2019.

Los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo.

Los gobiernos provinciales remitirán a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.

Las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) arbitrarán los medios necesarios, para que los productores agropecuarios comprendidos en la presente resolución gocen de los beneficios previstos.

En Chaco se declaró en todo el territorio provincial por un plazo de 365 días a partir del 15 de enero de 2019, para las explotaciones agropecuarias que hayan sido afectadas por excesos hídricos.

En Formosa se estableció desde el 1 de enero de este año y hasta el 31 de julio de 2020 para los sectores ganadero y apícolas, afectados por inundación como consecuencia de la crecida y desborde del Río Pilcomayo, Bañado La Estrella, riachos y sus zonas de influencia.
También en las áreas de inundación del Río Paraguay y los riachos Monte Lindo, Monte Lindo Chico, Malvinas, Timbo Porá y zonas de influencia, ocurrido desde febrero hasta junio este año, de los departamentos Ramón Lista, Bermejo, Patiño, Pirané, Pilagás, Pilcomayo, Formosa y Laishí.

Además, la emergencia incluye al sector agrícola para los cultivos de algodón, maíz, cucurbitácea (zapallo, melón, sandía), mandioca, batata, tomate, soja y banana, desde el 1 de enero último al 31 de diciembre próximo, en las explotaciones rurales afectadas por exceso de precipitaciones ocurridas entre los meses de febrero y mayo de este año, ubicados en los departamentos Patiño, Pirané, Pilagás, Pilcomayo, Laishí y Formosa.

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